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CUERPO SUPERIOR. MALLORCA

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Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas tienen que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos, de los cuales tienen que estar en posesión durante todo el proceso selectivo:

a) Tener la nacionalidad española o alguna otra de las que permitan el acceso al empleo público según el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015.

b) Tener dieciséis años cumplidos y no haber llegado a la edad de jubilación forzosa.

c) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de ninguna administración pública, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de manera absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber estado sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a una ocupación pública.

d) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal por un importe de 14,14 E (cuantía actualizada para el año 2022 por la Ley de Presupuestos vigente). Conforme con lo que prevé el artículo 59 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, sobre el régimen específico de tasas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, quedan exentas del pago de la tasa de los derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

e) Tener las capacidades y las aptitudes físicas i psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo, escala o especialidad a que corresponde la bolsa específica a la que optan.

f) Estar en posesión del título académico exigido o nivel de titulación exigido en la convocatoria específica de acuerdo con el punto 3f), o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la cual finalice el plazo de presentación de las solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación.

g) Estar en posesión del conocimiento de la lengua catalana nivel C1 (nivel de dominio), de conformidad con lo que dispone el artículo 3 a) del Decreto 11/2017, de 24 de marzo, de exigencia del conocimiento de la lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para ocupar puestos de trabajo de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

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Si el aspirante se opone expresamente a que la Administración compruebe los documentos mediante la plataforma de intermediación de datos u otros sistemas habilitados a este efecto, deberá aportar, juntamente con la solicitud:
a) Una fotocopia del documento nacional de identidad en vigor o, en caso de no poseer la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la identidad; o bien, en caso de caducidad, el resguardo correspondiente de la solicitud de renovación.

b) El original o una copia del título académico exigido para formar parte de la bolsa del cuerpo solicitado (anverso y reverso).

El justificante de pago de los derechos de expedición de este solo tiene validez hasta la expedición del título. Se presume que el título ha sido expedido cuando han transcurrido más de dos años desde la emisión del justificante del pago de los derechos de expedición; en este caso, las personas aspirantes queden excluidas y tienen que acreditarlo en el plazo de subsanación de las deficiencias en la solicitud que establece la base 5, o justificar mediante un certificado del organismo correspondiente que el título aún no ha sido expedido.

c) El original o una copia de la documentación acreditativa de estar en posesión del nivel de catalán exigido en la base 3 g) de la convocatoria.

d) El resguardo del pago de la tasa efectuado según la vía seleccionada (telemática o manual).El importe de la tasa es de 14,44 E.

e) Las personas aspirantes con discapacidad igual o superior al 33% tienen que presentar el certificado que acredite la condición legal de discapacidad. Sin embargo, no deben presentar este documento si el aspirante no se opone al hecho que la Admon lo compruebe de oficio mediante la plataforma de intermediación de datos u otros sistemas habilitados para este fin.
Además de esto,estas personas deben presentar el justificante de haber solicitado un dictamen de los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Dependencia,o del organismo público equivalente, sobre las condiciones personales de aptitud para ejercer las funciones correspondientes en el cuerpo,esc.y/o especialidad de la bolsa a la cual la persona candidata aspira, el cual tiene que expresar que está en condiciones de cumplir las tareas fundamentales del cuerpo esc. y/o especialidad,mediante,si corresponden a juicio de la Admon,las adaptaciones necesarias del puesto de trabajo.Sin embargo,si la persona aspirante no se opone, la EBAP recabar de oficio este dictamen.Si se opone,tendrá que presentar este dictamen con anterioridad en la publicación de la lista provisional de valoración de méritos,a requerimiento de la EBAP.Si no lo hace así,será excluida del procedimiento.En el supuesto de que los aspirantes dispongan del dictamen acreditativo de las condiciones personales de aptitud para el cuerpo,esc.y/o esp.de la bolsa,en el momento de presentación de solicitudes pueden aportarlo.

f) El modelo oficial de solicitud incorpora la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos para participar en la bolsa convocada, no es necesario aportar ningún documento adicional para acreditar los aspectos declarados. En particular,el aspirante declara,bajo su responsabilidad,que cumple los requisitos de los apartados c),e) de la base 3.
No obstante todo el anterior, la Administración puede requerir al aspirante en cualquier momento del proceso selectivo para que acredite que cumple los requisitos anteriores.

g) La indicación de un teléfono a efectos de comunicación con la Consejería de Presidencia,F.P.e Igualdad.

h) La indicación de una dirección de correo electrónico a los efectos de notificación y comunicación de trámites relativos a la tramitación del procedimiento de concurso, siempre que la persona interesada disponga de los medios técnicos necesarios y lo autorice expresamente en el formulario de solicitud.

i) La documentación acreditativa, si procede, de los méritos que se aleguen, en la forma que establece la base 6 de esta convocatoria

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952 no soportat 21/02/2022 952 no soportat 14/03/2022


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