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Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deben cumplir, en la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes y a lo largo de todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o cumplir con los requisitos de acuerdo con la redacción del artículo 57 del EBEP que permita el acceso al empleo público. b) Tener 18 años de edad cumplidos y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.c) No haber sido separadas, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas; ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, en caso de que hubieran sido separadas, inhabilitadas o despedidas disciplinariamente, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaban en el caso del personal laboral, en el que hubiera sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público .
d) Estar en posesión de la titulación oficial correspondiente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. En el caso de titulaciones expedidas en el extranjero será preciso aportar la correspondiente homologación. Por aquellas categorías profesionales (grupos C, D y E), se entenderá que tienen formación laboral equivalente los trabajadores que cumplan las condiciones del punto 1.1.2 de la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 15/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2013.Tanto la titulación requerida como los requisitos, para cada categoría profesional, vienen especificados en el Anexo 1.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero, tendrán que acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
e) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el ejercicio de sus funciones.f) Acreditar el requisito de conocimientos de la lengua catalana, indicado en el Anexo 1 para cada categoría profesional, de conformidad con el Decreto 11/2017, de 24 de marzo, que regula la exigencia de conocimientos de lengua catalana en los procedimientos selectivos de acceso a la función pública y para desempeñar puestos de trabajo que se convoquen en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.g) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes.h) No haber sido separadas, mediante procedimiento disciplinario, del servicio de ninguna administración, de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitadas de forma absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de nacionales de otro estado, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a una sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su estado y en los mismos términos, el acceso a un empleo público .

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No se ha de adjuntar en la solicitud de participación, ningún documento adicional para acreditar los requisitos declarados.

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