112 no soportat

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Cuerpo de gestion Mallorca

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Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas tienen que cumplir, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo general de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del grupo o subgrupo de titulación inmediatamente inferior al del puesto al que se pretenda acceder.
En el caso de puestos adscritos al subgrupo A2 se entenderá como cuerpo inmediatamente inferior al subgrupo C1.
b) Estar en situación de servicio activo como personal funcionario de carrera en el cuerpo general de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears del grupo o subgrupo de titulación inmediatamente inferior al del puesto al que se pretenda acceder. Queda excluido el personal funcionario de carrera que se encuentre en otra situación administrativa.
c) Estar en posesión del título académico exigido en la convocatoria específica o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de les solicitudes. Esta titulación tiene que ser:
- Puestos adscritos al subgrupo A1: título de grado, licenciatura, ingeniería o arquitectura.
- Puestos adscritos al subgrupo A2: titulación oficial de grado, diplomatura universitaria, arquitectura técnica, ingeniería técnica o equivalente, o haber superado un primer ciclo universitario o tres cursos completos de una licenciatura, ingeniería o arquitectura.
- Puestos adscritos al subgrupo C1: título de bachiller o técnico.
- Puestos adscritos al subgrupo C2: título de graduado en educación secundaria.
d) Haber satisfecho la tasa de servicios de selección de personal de acuerdo con lo que prevé el artículo 59 bis de la Ley 11/1998, de 14 de diciembre, quedan exentas del pago de la tasa de derechos de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33 %.
La tasa para la inscripción a las pruebas selectivas se exigirá según la siguiente tarifa:
1º. En convocatorias de acceso a plazas para las que se exige el título universitario de grado: 14,42 ¿.
2º. En convocatorias de acceso a plazas para las que se exigen otras titulaciones de nivel inferior al título universitario de grado: 7,21 ¿.
e) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones del cuerpo al que corresponda la bolsa específica a la cual optan.
f) Estar en posesión del nivel de conocimiento de la lengua catalana exigido para ocupar el puesto de trabajo al cual se pretende acceder.
De acuerdo con el artículo 3 b) del Decreto 11/2017, de 24 de marzo, para ocupar puestos correspondientes a los cuerpos generales de personal funcionario de la Administración de la CAIB se tiene que exigir los siguientes conocimientos de lengua catalana:
Subgrupos: A1, A2 y C1
Conocimientos de lengua catalana que se exigen: Certificado nivel C1 (nivel de dominio funcional efectivo)
Subgrupos: C2
Conocimientos de lengua catalana que se exigen: Certificado de nivel B2 (nivel avanzado)

En la solicitud se tiene que consignar el grado de discapacidad reconocido, si procede. Si la persona aspirante con una discapacidad igual o superior al 33% se opone a que la EBAP recaude de oficio el dictamen de los equipos multiprofesionales de la Dirección General de Dependencia o del organismo público equivalente, sobre las condiciones personales de aptitud para ejercer las funciones correspondiente al cuerpo de la bolsa al que aspira, a que se refiere la base 3.2.e), deberá aportarlo junto con la solicitud. Si no dispone de este certificado en el momento de presentar la solicitud de participación, su admisión quedará condicionada a la presentación del dictamen en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la lista provisional de méritos. En caso de no aportarlo en el plazo indicado, el aspirante quedará excluido del procedimiento.

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De acuerdo con el punto 12. Méritos:
12.1. Los méritos de las personas aspirantes deben haber sido alcanzados en la fecha en que termina el plazo para presentar solicitudes. Solo se baremarán los méritos alegados en la solicitud de participación.

12.1 Con la presentación de la solicitud de participación se entienden alegados los méritos inscritos en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública (incluidos los servicios prestados en comisión de servicios forzosa, en atribución temporal de funciones o en la Unidad de Apoyo Coyuntural) y se autoriza su baremación cuando proceda.
Se valorarán únicamente los méritos que se haya solicitado inscribirse en el Registro de Personal de la Dirección General de Función Pública hasta el último día de presentación de instancias, y los servicios prestados en comisión de servicios forzosa, en atribución temporal de funciones o en la Unidad de Apoyo Coyuntural que contienen en el anexo 2 . Sin embargo, los candidatos deben alegar y acreditar los méritos que no son susceptibles de inscripción en el Registro de la DGFP, en concreto:

¿ Si ha prestado servicios en otras administraciones públicas distintas de la CAIB y sus organismos autónomos.
¿ Si tiene una titulación académica pendiente de expedición.
¿ Si ha aprobado un nivel de catalán pendiente de certificación, siempre que consten en la lista provisional de aprobados de las últimas pruebas de lengua catalana, y aleguen que constan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva aunque sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes.

12.4. Los méritos del anexo 2 serán comprobados de oficio por la EBAP mediante la documentación inscrita en el Registro de personal de la Dirección General de Función Pública o que consten en el expediente personal. En cuanto a los méritos no susceptibles de ser inscritos, deben acreditarse de la siguiente manera:

a) Experiencia profesional
Cuando se trate de servicios prestados en cualquier administración pública, incluida en el ámbito del TREBEP (art. 2) distinta de los servicios prestados como personal funcionario en la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y sus organismos autónomos (excepto los servicios prestados como personal estatutario o como personal docente), la persona interesada junto con la solicitud debe aportar el certificado acreditativo expedido por la Administración en que se hayan prestado los servicios.

b) Conocimientos de lengua catalana no certificados

Si los aspirantes constan en la lista provisional de aprobados de las últimas pruebas de lengua catalana, y alegan que constan en esta lista, siempre que finalmente se eleve a definitiva aunque sea con posterioridad a la finalización del trámite de presentación de solicitudes, deben presentar la publicación de la lista o un certificado acreditativo. Tienen que presentar la lista definitiva o el certificado de nivel correspondiente en el plazo previsto en el punto 8.4.

c) Titulación académica pendiente de emitir el título

Si el aspirante todavía no dispone del correspondiente título académico, debe presentar una copia del resguardo acreditativo del abono de la tasa de expedición del título correspondiente.

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