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En relación a la solicitud realizada por parte de algunos aspirantes en relación a la posibilidad de que la EBAP realice una certificación de las pruebas físicas superadas en el marco del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía, se comunica que no se llevará a cabo este tipo de certificación a los efectos de exención de dichas pruebas en otro proceso selectivo.
Y ello, de conformidad con lo que dispone la disposición transitoria primera del Decreto ley 6/2021, de 9 de julio ,de modificación de la Ley 4/2013, de 17 de julio, de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, en el marco de procedimientos convocados desde la entrada en vigor del Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears, aprobado por el Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Illes Balears.
En consecuencia, únicamente son válidas a efectos de exención de las pruebas físicas en otro proceso selectivo, las pruebas CAF convocadas por la EBAP en 2020 y que tuvieron lugar en Mallorca (30/03/21), en Mao (16/12/20) y en Ibiza (18/12/20) y que únicamente pueden realizarse por funcionarios de carrera.