974 no soportat
En fecha de hoy se ha pubilcado en el BOIB una modificación de la conovcatoria. Podeis consultar la pulbicación a continuación: BOIB 166
Mediante Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 30 de noviembre de 2022 se resuelve estimar el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 29 de septiembre de 2022 y se declara la nulidad de la base 7.4 del anexo 2 de la convocatoria por infringir lo establecido en el artículo 168.2 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el cual se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las policías locales de las Islas Baleares.
Por lo tanto se modifica el apartado 7.4 del anexo 2 de las bases de la Resolución de la Consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 29 de septiembre de 2022, que queda redactado en los términos siguientes:
¿Las aspirantes que estén embarazadas o en periodo de posparto en la fecha de realización de las pruebas físicas, lo cual impide o dificulta la realización de esta prueba, y siempre que lo acrediten mediante un certificado médico, tienen que ponerlo en conocimiento del Tribunal Calificador, con carácter previo a la realización de la prueba o el ejercicio.
En este caso llevarán a cabo el resto de las pruebas. Si se superan estas, la calificación de la fase de oposición queda condicionada a la superación de las pruebas de aptitud física en la fecha que el Tribunal determine, una vez desaparecidas las causas que motivaron el aplazamiento.
El Tribunal puede establecer de oficio de forma motivada y con audiencia de la aspirante afectada, una fecha apropiada para realizar las pruebas físicas aplazadas. En todo caso, se tiene que declarar superado el proceso selectivo a las personas aspirantes con una puntuación final que no puedan superar las aspirantes que se hayan acogido a este derecho.¿