974 no soportat
Dado que ha tenido entrada en el registro de la EBAP un recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la consejera de Presidencia, Función Pública e igualdad de 29 de septiembre de 2022 por la cual se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y se designa el tribunal calificador de las pruebas selectivas del proceso unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los municipios de Alcúdia, Algaida, Andraitx, Binissalem, Bunyola, Calvià, Campanet, Campos, Ciutadella, Consejo, es Mercadal, Estellencs, Felanitx, Formentera, Inca, Lloret de Vistalegre, Llucmajor, Manacor, Mancor de la Vall, Muro, Palma, Pollença, Sant Antoni de Portamany, Sant Josep de sa Talaia, Sant Llorenç des Cardassar, Santanyí y Son Servera. En estos recurso en esencia, se alega:
- Infracción del artículo 168.2 del Decreto 40/2019, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento marco de coordinación de las Policías Locales de las Islas Baleares, en relación con el establecido en su punto 7.4 de las bases de la Resolución mencionada, en cuanto al hecho que las bases limiten el aplazamiento de las pruebas físicas de las mujeres embarazadas o en situación de postparto a una resolución del proceso ajustada a tiempo razonable.
- Vulneración de la prohibición constitucional de discriminación por razón de sexo (arte. 14 CE) proyectada en este caso sobre la maternidad, que también se encuentra protegida en el artículo 39.2 de la CE y expresamente tutelado por la Ley Orgánica 3/2007.
De acuerdo con el art. 118.2 Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se otorga un plazo de 5 días (14 al 18nov), a partir del día siguiente a la publicación, para que las personas interesadas puedan formular las alegaciones que estimen pertinentes en contra de las presentadas en el recurso, a través de registro electrónico de la Administración General del Estado y dirigido a la EBAP.
La jefa del Servicio de Régimen Jurídico